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La distribución de responsabilidad civil entre el promotor los agentes técnicos y el constructor

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Distribución de responsabilidades entre agentes de la edificación

Importe iva incluido, 40,01 €       Solo digital 24,07
Páginas: 336 libro + electrónico
Fecha: 2019
Autor: Margarita Vicente Torres | Abogada y Doctora en Derecho

Estudio de los principales agentes de la edificación haciendo especial hincapié en sus responsabilidades y la distribución entre ellos de las mismas. Análisis de los pronunciamientos de la jurisprudencia en torno al artículo 17 de la LOE. Consideración especial al derecho de defensa.

Análisis jurisprudencial exhaustivo y completo en torno al artículo 17 de la LOE.
Descripción de las acciones para ejercitar el derecho de defensa.
Consideraciones prácticas ante una demanda judicial basada en el artículo 17 LOE

Comentario
Esta obra se centra principalmente en el análisis de la distribución de responsabilidades civiles entre el promotor, los agentes técnicos de la edificación y el constructor.
Partiendo del concepto de cada una de las figuras jurídicas mencionadas, se centra en las responsabilidades que asumen y en cómo se distribuyen éstas entre ellos, tomando como base fundamental el artículo 17 de la Ley de Ordenación de la Edificación y realizando numerosas referencias doctrinales.
Se realiza un estudio exhaustivo y pormenorizado de la Jurisprudencia desde la entrada en vigor de la LOE, que nos confirma que la solidaridad se ha convertido en el criterio general quedando el criterio de la individualización en último lugar.
Es por ello que se hace hincapié en las acciones que pueden ejercitar los agentes de la edificación para su derecho de defensa: intervención provocada, acción de repetición, acción de regreso o de reembolso etc.

Por último, se realizan unas consideraciones prácticas ante una demanda judicial basada en el artículo 17 de la LOE.

 

 

SUMARIO

 

Capítulo Primero. El promotor y su responsabilidad civil

I. Concepto y modalidades
1. Concepto
2. Antecedentes
3. Modalidades de promoción
3.1. Promotor para su posterior enajenación, entrega o cesión a terceros bajo cualquier título
3.2. Promotor constructor
3.3. Autopromotor
3.4. Gestor de comunidades de propietarios
3.5. Las cooperativas de viviendas
3.6. La llamada Comunidad Valenciana
3.7. Otras figuras análogas: project manager y project contrating

II. Obligaciones del promotor
1. Ostentar sobre el solar la titularidad de un derecho que le faculte para construir en él
2. Facilitar la documentación e información necesaria para la redacción del proyecto
3. Autorizar al director de la obra las posteriores modificaciones del proyecto
4. Gestionar y obtener las preceptivas licencias y autorizaciones administrativas, así como suscribir el acta de recepción de la obra
5. Obligación de suscribir los seguros previstos en el artículo 19 de la Ley de Ordenación de la Edificación
5.1. Introducción
5.2. Concepto y caracteres del seguro decenal
5.3. Regulación legal
5.4. Tipo de edificación que debe ser asegurada a la vista de la legislación actual
5.5. Daños que deben ser incluidos a la vista de la legislación actual
5.6. Daños que deben ser excluidos según la legislación actual
5.7. Tipo de edificación exonerada del seguro decenal en la legislación actual
5.8. Análisis de la casuística en base a la doctrina de la Dirección General de Registros y del Notariado
5.9. Determinación de los casos en que debe exigirse el seguro decenal
5.10. Determinación de los casos en que no debe de ser exigible
6. Obligación del promotor de entregar al adquirente, en su caso, la documentación de la obra ejecutada o cualquier otro documento exigible por la Administración

III. Las responsabilidades del promotor
1. Responsabilidad contractual
2. Responsabilidad extracontractual
3. Responsabilidad del artículo 17.1 de la Ley de Ordenación de la Edificación
3.1. Responsabilidad individualizada artículo 17.2 Ley de Ordenación de la Edificación.
3.2. Responsabilidad solidaria del artículo 17.3, primera parte, Ley de Ordenación de la Edificación
3.3. Responsabilidad objetiva ex lege del artículo 17.3, in fine de la Ley de Ordenación de la Edificación
3.4. La naturaleza jurídica de la solidaridad de la LOE. Solidaridad ex post facto
3.5. Acciones
A. Acciones de los propietarios perjudicados frente al promotor
B. Acciones del promotor frente a los demás agentes de la edificación
3.6. Posible nueva responsabilidad objetiva del promotor por falta de prevención de riesgos laborales
3.7. Responsabilidad de los promotores en materia laboral y de la Seguridad Social
3.8. Responsabilidad de los promotores en materia tributaria
3.9. Responsabilidad del promotor en materia penal

 

Capítulo Segundo. Los agentes técnicos y su responsabilidad civil

I. Definición, antecedentes y aspectos comunes
1. Definición genérica
2. Antecedentes
3. Aspectos comunes
4. Derecho comparado

II. El proyectista
1. Concepto
2. Obligaciones
2.1. Obligaciones desde el punto de vista formal
A. Poseer la titulación adecuada
B. Realización del proyecto
C. Realizar el proyecto con arreglo a la normativa vigente
D. La cuarta obligación consiste en visar el Proyecto
2.2. Obligaciones desde el punto de vista teleológico
A. Obligaciones de funcionalidad
B. Obligaciones relativas a la seguridad
3. Responsabilidades del proyectista
3.1. Responsabilidad contractual
3.2. Responsabilidad extracontractual
3.3. Responsabilidad del artículo 17.1 de la Ley de Ordenación de la Edificación
A. Responsabilidad individualizada artículo 17.2 Ley de Ordenación de la Edificación
a. Responsabilidad individualizada del proyectista por actos propios
b. Responsabilidad individualizada del técnico proyectista por hechos ajenos
B. Responsabilidad solidaria del artículo 17.3, primera parte, de la LOE
C. Responsabilidad en supuestos de pluralidad de proyectistas
D. Causas de exoneración de responsabilidad
E. Acciones del proyectista frente a los demás agentes de la edificación
3.4. Responsabilidades en materia de seguridad y salud

III. El director de obra
1. Concepto
2. Obligaciones
2.1. Poseer la titulación habilitante
2.2. La verificación del replanteo y la adecuación de la cimentación y de la estructura a las características del terreno (art. 12.2b LOE (RCL 1999, 2799))
2.3. La resolución de las contingencias que se produzcan en la obra. Las consignaciones en el Libro de Órdenes y Asistencias
2.4. La elaboración de modificaciones en el proyecto
2.5. Conformar las certificaciones parciales, la liquidación de las unidades de obra ejecutadas y la certificación final de obra
2.6. Elaborar y suscribir la documentación de la obra ejecutada para entregarla al promotor, con los visados que en su caso sean preceptivos (art. 12.3LOE (RCL 1999, 2799)
3. Responsabilidades del director de la obra
3.1. Responsabilidad contractual
3.2. Responsabilidad extracontractual
3.3. Responsabilidad del art. 17.1 de la LOE
A. Responsabilidad individualizada del art. 17.2 de la LOE
a. Responsabilidad individualizada del director de la obra por hecho propio
b. Responsabilidad del director de la obra por hechos ajenos
B. Responsabilidad solidaria del art. 17.3, primera parte, de la LOE
C. Responsabilidad objetiva del art. 17.7LOE
D. Causas de exoneración de responsabilidad
E. Acciones del proyectista frente a los demás agentes de la edificación
3.4. Responsabilidad del director de la obra en materia de Seguridad y Salud

IV. El director de la ejecución de obra
3.1. Responsabilidad contractual
3.2. Responsabilidad extracontractual
3.3. Responsabilidad del art. 17.1 de la LOE
3.4. Responsabilidad del director de la obra en materia de Seguridad y Salud
A. Responsabilidad individualizada del art. 17.2 de la LOE
a. Responsabilidad individualizada del director de la obra por hecho propio
b. Responsabilidad del director de la obra por hechos ajenos
B. Responsabilidad solidaria del art. 17.3, primera parte, de la LOE
C. Responsabilidad objetiva del art. 17.7LOE
D. Causas de exoneración de responsabilidad
E. Acciones del proyectista frente a los demás agentes de la edificación

 

Capítulo Tercero. El constructor y su responsabilidad civil

I. Concepto
1. Ejecución de forma directa.
2. Ejecución a través del promotor
3. Ejecución por contrata

II. Obligaciones
1. Ejecutar la obra
2. Titulación o capacitación profesional
3. Designar al jefe de obra
4. Asignar los medios humanos y materiales que su importancia requiera y facilitar al Director de la Obra los datos necesarios para la elaboración de la obra ejecutada
5. Formalizar las subcontrataciones que en su caso sean necesarias
6. Firmar el acta de replanteo al inicio de obra y el acta de recepción de la obra
7. Facilitar al director de la obra los datos necesarios para elaborar la documentación de la obra ejecutada (certificaciones de obra)
8. Suscribir las garantías previstas en la Ley de Ordenación de la Edificación

III. Las responsabilidades del constructor
1. La responsabilidad contractual
2. Responsabilidad extracontractual
3. Responsabilidad por daños antes de la entrada en vigor de la LOE
4. Responsabilidad con la entrada en vigor de la LOE (RCL 1999, 2799)
4.1. Responsabilidad individualizada del art. 17.2 de la LOE (RCL 1999, 2799)
4.2. Responsabilidad solidaria del art 17.3, primera parte
4.3. La responsabilidad del constructor por sus empleados
4.4. La responsabilidad del constructor por obra mal ejecutada por los subcontratistas
4.5. La responsabilidad del constructor por deficiencias de los productos de construcción adquiridos o aceptados por él
4.6. Causas de Exoneración de responsabilidad
4.7. Acciones de los perjudicados frente al constructor
4.8. Acciones del constructor frente a los demás agentes de la edificación
5. Responsabilidad del constructor en el derecho comparado
5.1. Derecho francés
5.2. Derecho italiano
5.3. Derecho portugués
6. Responsabilidad del constructor en materia de seguridad y salud
7. Responsabilidad del constructor en materia penal

 

Capítulo Cuarto. Análisis de la jurisprudencia del Tribunal Supremo en torno a la responsabilidad del artículo 17 de la Ley de Ordenación de la Edificación

I. Introducción
II. Análisis según determinación de responsabilidades
1. Responsabilidad única individualizada
2. Responsabilidad solidaria de los agentes de la edificación por no poderse individualizar
3. Responsabilidad objetiva y solidaria del promotor en todo caso en base al artículo 17.3 Ley de Ordenación de la Edificación
4. Síntesis estadística de la Jurisprudencia analizada

 

Capítulo Quinto. Consideraciones ante una demanda judicial presentada en base al artículo 17.3 de la Ley de Ordenación de la Edificación