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Autor: Fernández Cabanas, Juan J.
Fecha: septiembre 2019
Páginas: 476 + formato electrónico
El régimen de responsabilidad extracontractual por ruina de los edificios, al contrario de lo sucedido en otros países de nuestro entorno, no parece haber despertado entre nosotros un especial interés doctrinal.
Este hecho, sumado a la escasa jurisprudencia pronunciada en esta materia por el Tribunal Supremo, ha dado lugar a que buena parte de sus elementos configuradores no hayan sido debidamente trazados, lo que se traduce en el ámbito de la praxis en una visible inconsistencia de las soluciones comúnmente aportadas por los operadores jurídicos. Sin embargo, en cuanto se profundiza en el estudio de este especial régimen de responsabilidad, se ponen de manifiesto sus enormes posibilidades prácticas, apenas exploradas en nuestro país.
Este trabajo pretende aportar soluciones concretas y jurídicamente consistentes a los principales punctum dolens de la materia, poniendo en valor el régimen expresado en los artículos 1907 y 1909 de nuestro Código Civil. La ordenación y desarrollo de los diversos capítulos responde a una sistemática preconcebida y meditada, cuyo resultado se desgrana a lo largo de todos y cada uno de los distintos apartados.
En este sentido, una vez expresados los antecedentes históricos y legislativos referidos a esta materia de estudio, tarea ineludible para acometer todo el desarrollo posterior, se aporta una conceptualización ad hoc de las expresiones «ruina del edificio», «falta de las reparaciones necesarias» (art. 1907 CC) y «defecto de construcción» (art. 1909 CC), específicamente concebidas para servir a los fines aquí perseguidos. Seguidamente, se da una respuesta sistemática a las dudas que se suscitan con motivo de la aplicación del régimen del artículo 1909 CC, tradicionalmente soslayadas por nuestra doctrina y nunca debidamente resueltas por nuestra jurisprudencia.
Por último, y con sustento en las conclusiones obtenidas hasta este momento, con apoyo en la doctrina extranjera, se acometen el fundamento de esta responsabilidad, las circunstancias que pueden incidir en la responsabilidad del propietario (las mal llamadas «causas de exoneración») para finalizar con la determinación del sujeto llamado a responder.
SUMARIO
CAPÍTULO I. ANTECEDENTES HISTÓRICOS Y LEGISLATIVOS
I. Introducción
II. Derecho romano
1. Introducción
2. La «actio damni infecti»
3. La «cautio damni infecti»
3.1. Presupuestos de aplicación
3.2. Funcionamiento de la institución
3.3. La supervivencia de la «cautio damni infecti» en el Derecho actual
III. Derecho medieval español
1. Introducción
2. La ruina de edificios en Las Partidas
IV. El «Ancien droit»
1. Introducción
2. El daño causado por la ruina de edificios en el pensamiento de Domat
3. El daño causado por la ruina de edificios en el pensamiento de Bourjon
V. Codificación francesa
VI. Codificación española
1. Introducción
2. El resarcimiento de los daños causados por la ruina de los edificios: «iter» legislativo
CAPÍTULO II. SIGNIFICADO DE LA EXPRESIÓN «RUINA DE TODO O PARTE DEL EDIFICIO»
I. Introducción
II. Conceptualización de la expresión «falta de las reparaciones necesarias» en la doctrina y la jurisprudencia
III. Causas de la ruina determinante del daño: causas endógenas y exógenas al edificio
IV. Conceptualización de la expresión «defecto de construcción» en la doctrina y la jurisprudencia
V. Propuesta de definición de las expresiones «defecto de construcción» y «falta de las reparaciones necesarias» en el sentido de los artículos 1909 y 1907 CC, respectivamente
VI. Consecuencias de la definición propuesta de las expresiones «falta de las reparaciones necesarias» y «defecto de construcción»
CAPÍTULO III. SIGNIFICADO DE LAS EXPRESIONES «FALTA DE LAS REPARACIONES NECESARIAS» Y «DEFECTO DE CONSTRUCCIÓN»
I. Introducción
II. Conceptualización de la expresión «falta de las reparaciones necesarias» en la doctrina y la jurisprudencia
III. Causas de la ruina determinante del daño: causas endógenas y exógenas al edificio
IV. Conceptualización de la expresión «defecto de construcción» en la doctrina y la jurisprudencia
V. Propuesta de definición de las expresiones «defecto de construcción» y «falta de las reparaciones necesarias» en el sentido de los artículos 1909 y 1907 CC, respectivamente
VI. Consecuencias de la definición propuesta de las expresiones «falta de las reparaciones necesarias» y «defecto de construcción»
CAPÍTULO IV. SIGNIFICADO DE LA EXPRESIÓN «DENTRO DEL TIEMPO LEGAL»
I. Introducción
II. Significado de la expresión «dentro del tiempo legal» en la doctrina y jurisprudencia españolas
III. Nuestra posición en relación con el significado de la expresión «dentro del tiempo legal» contenida en el artículo 1909 CC
CAPÍTULO V. ALGUNAS CUESTIONES RELEVANTES EN RELACIÓN CON LA ACCIÓN DEL ARTÍCULO 1909 CC
I. Introducción
II. Daño causado por la ruina del edificio debida a un defecto de construcción, dentro del tiempo legal: ¿excluye el artículo 1909 CC en su ámbito de aplicación la acción 1. Posiciones doctrinales
1.1. Primera posición: la víctima solo tendrá acción contra los agentes de la construcción, con exclusión del propietario
1.2. Segunda posición: la víctima dispone, indistintamente, de acción contra los agentes de la edificación o contra el propietario, o contra ambos
1.3. Compatibilidad de acciones en caso de concurrencia de causas entre la actuación del propietario y la de los agentes intervinientes en el proceso constructivo
2. Nuestra posición
III. Daño causado por la ruina del edificio debida a un defecto de construcción, una vez transcurrido el tiempo legal: ¿cabe acción ex artículo 1902 CC contra los agentes de la edificación?
1. Posiciones doctrinales
2. Nuestra posición
CAPÍTULO VI. EL FUNDAMENTO DE LA RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL POR EL DAÑO CAUSADO POR LA RUINA DE LOS EDIFICIOS
I. Estado de la cuestión en los Derechos extranjeros
II. El fundamento de la responsabilidad que establece el artículo 1907 CC
1. Introducción
2. Posición de los primeros comentaristas
3. Posición de la doctrina española actual
3.1. Posición doctrinal mayoritaria: el artículo 1907 CC expresa un supuesto de responsabilidad por culpa que se presume, con la correspondiente inversión de la carga de la prueba
3.2. Posición doctrinal minoritaria: la responsabilidad que establece el artículo 1907 CC no responde a un fundamento culpabilístico
4. Posición de la jurisprudencia española
4.1. Primera jurisprudencia española
4.2. Jurisprudencia actual
5. Nuestra opinión
CAPÍTULO VII. CIRCUNSTANCIAS QUE PUEDEN INCIDIR EN LA RESPONSABILIDAD DEL PROPIETARIO
I. Estado de la cuestión en los Derechos extranjeros
II. Posición de la doctrina y jurisprudencia españolas
III. Nuestra posición
1. Supuesto en que la ruina del edificio se produce por una única causa, no atribuible a su propietario “ex” artículo 1907 CC
1.1. Fuerza mayor: desestimación del «caso fortuito» como eximente de la responsabilidad del propietario “ex” artículo 1907 CC
1.2. Intervención de la propia víctima
1.3. Intervención de un tercero
2. Concurrencia de una causa de la ruina atribuible (“ex” artículo 1907 CC) al propietario, con un evento que no le es atribuible
2.1. Fuerza mayor concurrente
2.2. Intervención concurrente de la propia víctima
2.3. Intervención concurrente de un tercero
2.4. Defecto de construcción, dentro del tiempo legal
CAPÍTULO VIII. DETERMINACIÓN DEL SUJETO RESPONSABLE
I. Estado de la cuestión en los Derechos extranjeros
II. El sujeto responsable “ex” artículo 1907 CC
1. Introducción
2. Posición de la doctrina española
3. Posición de la jurisprudencia española
4. Nuestra posición
5. Estudio de diversos supuestos singulares
5.1. Edificio recientemente adquirido
5.2. Propiedad dividida
A. Inmueble en copropiedad
B. Inmueble en régimen de propiedad horizontal
5.3. Derecho de superficie
5.4. Caso en que el propietario hubiera cedido la posesión inmediata del edificio
5.5. Arrendamiento: caso especial de falta de aviso del arrendatario al propietario sobre la necesidad de realizar reparaciones necesarias
5.6. Derecho de usufructo
5.7. Derecho de uso y habitación
5.8. Leasing inmobiliario
5.9. Caso en que el propietario hubiera encomendado a otro las labores de mantenimiento y conservación
III. El sujeto responsable “ex” artículo 1909 CC
Conclusiones
Índice de Jurisprudencia