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Fecha: Diciembre 2022
Páginas: 304 en formato electrónico – podrá editar: copiar, pegar, subrayar colorear e introducir anotaciones
Autores
Critina Guilarte Martín-Calero | Catedrática de Derecho civil
José Ramón de Verda y Beamonte | Catedrático de Derecho Civil
Silvia Díaz Alabart | Catedrática de Derecho civil
Ángel Carrasco Perera | Catedrática de Derecho civil
Eugenio Llamas Pombo | Catedrático de Derecho Civil
La obra contiene las reflexiones de especialistas en Derecho de la persona, Derecho de contratos, Derecho de daños y Derecho de sucesiones en relación con los cambios introducidos en las relaciones jurídicas de las que, en los referidos ámbitos materiales, sea parte una persona con discapacidad.
Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica, en vigor desde septiembre del año 2021, introdujo la reforma más profunda del Derecho civil en las últimas décadas, solo comparable con la reforma del Derecho de familia llevada a cabo en el año 1981 (para adaptarlo a la exigencias de la CE de 1978) y la APDC no podía dejar de prestarle atención para cumplir aquel primordial fin estatutario. El alcance y la trascendencia de la reforma determina la necesidad de un especial esfuerzo y dedicación a su estudio, conocimiento y didáctica de su contenido por parte de todos los operadores jurídicos.
La reforma de las personas con discapacidad: toda persona, por el hecho de serlo, tiene plena capacidad jurídica, abarcando ésta tanto la titularidad, como el ejercicio de sus derechos.
Un cambio de la transcendencia y profundidad del apenas someramente enunciado hace imprescindible el estudio, reflexivo y crítico, de su contenido y alcance, por especialistas generalmente reconocidos en cada uno de los ámbitos que se abordan: instituciones de guarda (guarda de hecho y curatela) , sucesiones, contratación y responsabilidad civil.
En relación con las normas de los Derechos civiles propios de las CC. AA. resulta menester recordar que, si bien la Ley 8/2021 reformó distintas leyes estatales, como es el caso de la Ley del Notariado, los legisladores autonómicos están llamados a adaptar sus legislaciones a las exigencias de la Convención de Nueva York sobre los derechos de las personas con discapacidad y a las propias modificaciones introducidas en las normas procesales y reguladoras de la función notarial como consecuencia de la entrada en vigor de la Ley 8/2021.
Las referencias a la “plena capacidad de obrar” –y expresiones similares– referidas a mayores de edad y como exigencia para realizar, con plena validez y eficacia determinados actos o negocios jurídicos, habituales en las legislaciones autonómicas, requieren de una urgente adaptación.
SUMARIO
PARTE I
EL NUEVO SISTEMA GENERAL DE APOYOS A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
CAPÍTULO I
LAS GRANDES LÍNEAS DEL NUEVO SISTEMA DE APOYOS REGULADO EN EL CÓDIGO CIVIL ESPAÑOL
I. Consideraciones preliminares
II. Sucinta referencia al art. 12 de la convención de Nueva York y su interpretación por el comité sobre los derechos de las personas con discapacidad
III. El reflejo de los principios internacionales, europeos y constitucionales en la nueva regulación de los apoyos en el Código Civil
1. La dignidad y la tutela de los derechos fundamentales: un necesario enfoque desde los Derechos Humanos
2. El principio de necesidad
A) ¿Bastaría acreditar la necesidad del apoyo en el ejercicio de la capacidad jurídica? ¿o puede la persona con discapacidad oponerse a su provisión a pesar de quedar probada la necesidad?
B) Breve reflexión crítica a propósito de la STS de 8 de septiembre de 2021
3. El principio de proporcionalidad
4. El principio de autonomía
5. El principio de la voluntad, los deseos y las preferencias
6. El principio de temporalidad y revisión
IV. El apoyo a la toma de decisión: asistencia y representación
V. El nuevo sistema de apoyos: apoyos formales e informales
1. Las medidas de apoyo formales
1. 1. Las medidas voluntarias
1. 2. Las medidas judiciales
2. Las medidas informales: la guarda de hecho
VI. Las salvaguardas del sistema de apoyos: referencia al conflicto de interés y la influencia indebida
CAPÍTULO II
LA GUARDA DE HECHO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
I. Consideraciones preliminares: el carácter prioritario de la guarda de hecho como medida de apoyo
II. El carácter subsidiario de las medidas judiciales de apoyo: orientaciones jurisprudenciales contradictorias
III. La inexistencia de una guarda de hecho que funcione adecuadamente como presupuesto de la Constitución de una curatela
IV. La falta de coherencia entre la nueva concepción de la guarda de hecho y el nuevo art. 91. II CC
V. El guardador de hecho
VI. Facultades asistenciales del guardador
VII. Facultades representativas
1. Facultades directamente concedidas por la Ley
2. Facultades otorgadas previa autorización judicial en caso de necesidad
VIII. Control judicial de la actuación del guardador
IX. Rembolso de gastos, indemnizaciones y retribución
X. Causas de extinción de la guarda de hecho
CAPÍTULO III
LA CURATELA: LOS NUEVOS ESTÁNDARES DE INTERVENCIÓN, NOMBRAMIENTO, REMOCIÓN Y ACTUACIÓN TRAS LA LEY 8/2021
I. La curatela último recurso: su “pertinencia”
1. La ausencia de otra medida de apoyo suficiente y adecuada
1. 1. La bisagra de la curatela: el concepto de medida “suficiente”
1. 2. La compatibilidad de la curatela con las medidas voluntarias o informales
1. 3. La motivación
2. La existencia de una necesidad de apoyo continuado
3. La no existencia de “medidas alternativas”
4. ¿La voluntad de la persona?
II. La curatela, institución flexible: el contenido de la medida
1. La personalización de la curatela en la resolución judicial
2. Las salvaguardas, parte esencial del contenido de la curatela
3. El nombramiento del curador
III. La curatela como función: ¿cuál es el criterio que debe guiar la actuación del curador?
CAPÍTULO IV
LA PROYECTADA REFORMA DEL CÓDIGO CIVIL DE CATALUÑA EN MATERIA DE APOYO AL EJERCICIO DE LA CAPACIDAD JURÍDICA
I. Introducción
II. La adaptación del Derecho civil catalán a la reforma de la legislación estatal en materia de discapacidad
III. Significado de la reforma y primeras aplicaciones en la práctica
IV. Perfiles de la futura Ley de apoyos catalana
1. Sistemática y principios generales del anteproyecto
2. Los apoyos formales y los no formalizados en el anteproyecto de Ley
3. La asistencia como medida de apoyo básica
4. La regulación general de las salvaguardas en el anteproyecto de ley
V. Conclusiones
PARTE II
LA INCIDENCIA DE LA REFORMA DE LA LEGISLACIÓN CIVIL PARA EL APOYO A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL EJERCICIO DE SU CAPACIDAD JURÍDICA EN DISTINTOS ÁMBITOS OBJETIVOS
CAPÍTULO V
DERECHO DE SUCESIONES Y DISCAPACIDAD
I. Introducción
II. Testamentos
1. Previo. Capacidad para testar de la persona mayor de catorce años con discapacidad
2. Otorgamiento del testamento por persona con discapacidad
2. 1. Generalidades
2. 2. El otorgamiento del testamento abierto notarial
2. 3. Instrucciones del testador y su entrega al notario
2. 4. Modos en que se pueden expresar las instrucciones
2. 5. El acto del otorgamiento del testamento abierto en sentido estricto
2. 6. La escasa aportación de los cambios efectuados por la LAPD en el art. 695 CC
III. La capacidad para suceder a una persona con discapacidad: indignidad e ineficacia de algunas disposiciones testamentarias de personas discapacitadas
1. Indignidad por no haber prestado las atenciones debidas al discapacitado
1. 1. Las atenciones debidas
1. 2. Personas que pueden ser declaradas indignas por no haber prestado las atenciones debidas
2. La indignidad por haber sido removido del cargo de curador
3. La ineficacia de las disposiciones testamentarias de la persona discapacitada a favor de determinadas personas (art. 753 CC)
3. 1. Tutores y curadores representativos
3. 2. Establecimientos socio-sanitarios: directivos y empleados
3. 3. Cuidadores
IV. Sustitución fideicomisaria sobre la legítima estricta a favor del legitimario discapacitado del art. 808 CC tras la LAPD
1. Antecedentes. Breve referencia a la primera regulación de esa sustitución en el CC
2. Algunas cuestiones en torno a la nueva regulación de sustitución fideicomisaria dada por la LAPD
V. Gastos no sujetos a colación
VI. Partición de la herencia en la que hay coherederos con discapacidad
1. La petición de la partición de la herencia (art. 1052) y la citación para la realización del inventario en la partición realzada por contador partidor (art. 1057)
2. Partición realizada por los propios herederos cuando entre ellos haya alguno que a causa de su discapacidad esté representado por curador o por defensor judicial (art. 1060 CC)
CAPÍTULO VI
CONTRATACIÓN POR DISCAPACITADOS CON Y SIN APOYOS
I. El nuevo sistema de anulabilidad de contratos celebrados por discapacitados
1. Dos postulados incongruentes
2. Descripción de la regla de anulabilidad por discapacitación
3. La optimización del modelo legal
4. Otro modelo alternativo cuasi óptimo
II. Hechos y derecho
1. El universo negocial
2. Apoyos de la vida diaria
III. Los contratos del discapacitado sin apoyos
1. Como regla, todo contrato celebrado por discapacitado es eficaz en Derecho
2. No existe una anulabilidad residual para el discapacitado a secas
IV. Anulabilidad
1. Antes de la reforma por Ley 8/2021
2. Arts. 1301 y 1302 reformados por la Ley 8/2021
3. Contratos celebrados por curador representativo sin autorización judicial
4. (Sigue) Nulidad y rescisión
5. Normas prohibitivas
6. Las patologías de la relación fiduciaria de apoyo
V. Los contratos
1. Contratos bilaterales sinalagmáticos
2. Contratos con desistimiento ad nutum o por justa causa
3. Contratos con obligaciones de una parte
4. Garantías onerosas prestadas por el discapacitado
5. Deudas contractuales de responsabilidad
6. Actos unilaterales
7. Actos a título gratuito
VI. Discapacitados
1. En general
2. Discapacidad para el tráfico negocial
3. Taxonomía ilustrativa de discapacidades relevantes para el tráfico jurídico negocial
VII. Apoyos
1. Propuesta
2. Las medidas de apoyo legales
3. Inoponibilidad de medidas voluntarias de apoyo
4. Numerus apertus de apoyos
5. El guardador de hecho
6. El guardador como gestor de negocios ajenos sin poder
7. Legitimación de apoyo y legitimación contractual
VIII. “Cuando fueran precisas”
1. Dos interpretaciones
2. Aplicaciones
3. La lesión
IX. La conducta dolosa de la contraparte
1. El límite es el dolo
2. “Aprovechamiento con ventaja injusta”
3. Dolo en general
X. Sanación
1. De hecho, la buena fe de la contraparte sana el contrato del discapacitado
2. Razones de fondo para la validez
XI. Legitimación
1. Los discapacitados
2. El sujeto competente para prestar el apoyo
3. La contraparte
XII. La acción de cumplimiento
1. Del discapacitado
2. De la contraparte
XIII. Régimen de restitución por parte del incapaz
1. Límite histórico a la restitución debida por menores o incapaces
2. El nuevo texto del art. 1304 CC
3. Riesgo de la restitución del incapaz
CAPÍTULO VII
LA RESPONSABILIDAD CIVIL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
I. El modelo de la “plena responsabilidad”
1. El artículo 299 del CC
2. ¿Cabe hablar de un “nuevo concepto de culpa”?
3. El fundamento de la imputabilidad de las personas con discapacidad
II. Responsabilidad por hecho propio de la persona con discapacidad
III. Responsabilidad concurrente de terceros
1. La responsabilidad por hecho ajeno
2. Carácter directo, solidario o subsidiario
3. Fundamento
4. Responsabilidad del curador
A) Daños derivados de hechos no constitutivos de delito
B) Daños derivados de hechos constitutivos de delito
5. Responsabilidad de “otros posibles responsables”
A) Guardador de hecho
B) Defensor judicial
C) Apoyo voluntario: el apoderado o mandatario
D) Otros