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Los recursos en el proceso de ejecución

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La obra aborda el complejo tema de los recursos en el proceso de ejecución

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Autor: Blanca Bonet Loscertales
Fecha: 2022
Páginas: 496 libro + formato electrónico

 

Características:

El proceso de ejecución permite la intervención de las partes, la discusión sobre determinadas cuestiones y, por lo tanto, prevé y provee a los justiciables de cauces procesales específicos para que realmente pueda establecerse una suerte de diálogo del tribunal y las partes y que se desarrolla, entre otros modos, con el uso de medios o mecanismos para impugnar las resoluciones que puedan recaer en dicho proceso.

El principio de contradicción, plenamente vigente en el proceso de ejecución, garantiza que cada parte tenga la oportunidad de intervenir por igual en todas las fases del proceso para que el juez conozca cumplidamente los hechos sobre los que tiene que aplicar la ley.
Por el principio de contradicción, las partes han de ser oídas por el tribunal y la vigencia y la aplicación de este principio, en el proceso de ejecución, se concreta en líneas generales en el respeto a todas las normas que garanticen la defensa contradictoria en juicio de los intereses de los litigantes.

Hay un distanciamiento real del proceso de ejecución respecto del originario. La “realidad y la justicia” –marco que ha de configurar el proceso de ejecución según la EM– buscan el equilibrio de posiciones entre ejecutante y ejecutado especialmente si este último es un consumidor. La intervención de un tercero –el juez– se convierte en clave para evitar desigualdades procesales. Se aumentan sus facultades de dirección en lo referente al control de oficio de la existencia de cláusulas abusivas y se aumentan las posibilidades de defensa del deudor.

La obra aborda el complejo tema de los recursos en el proceso de ejecución desde una perspectiva general.

Analiza:
– La regulación especial de los recursos en el proceso de ejecución, separada de la regulación de los recursos en el proceso de declaración (562, 563 y 567 LEC).
– Las normas particulares en las que se dispone la procedencia de recursos en el proceso de ejecución.
– Las situaciones en las que procede aplicar las reglas generales sobre los recursos admisibles en el proceso de declaración.

 

 

SUMARIO

 

Capítulo I
Introducción

 

Capítulo II. EL CONCEPTO DE IMPUGNACIÓN EN EL PROCESO DE EJECUCIÓN

I. ¿Qué es la impugnación? Concepto y finalidad

II. Lo que no es impugnación
Aclaración y complemento 1. de las resoluciones procesales
La declaración de nulidad 2. de pleno derecho
La oposición a la 3. ejecución
El incidente de nulidad de 4. actuaciones

III. Sistema de los medios de impugnación en el proceso de ejecución
Sistema general de los 1. medios de impugnación
Recurso de reposición A)
Recurso de revisión B)
Recurso de apelación C)
Recurso de queja D)
Recursos contra la E) sentencia de segunda instancia
Supuestos en los que no F) cabe recurso alguno
Rescisión y revisión de G) sentencias firmes y el incidente de nulidad de actuaciones
Sistema de impugnación en 2. el proceso de ejecución civil
Recurso de reposición A) contra las resoluciones del tribunal de ejecución (562.1 LEC) que infrinjan preceptos legales en el curso de la ejecución
Recurso de reposición B) contra las resoluciones del letrado de la Administración de Justicia que infrinjan preceptos legales en el curso de la ejecución (562.1 LEC)
Recurso de apelación C) contra las resoluciones del tribunal de ejecución (562.1.2.° LEC) que infrinjan preceptos legales en el curso de la ejecución
Resoluciones apelables a)
Efecto suspensivo b)
Escrito dirigido al D) tribunal si no existe resolución expresa frente a la que recurrir cuando se haya cometido alguna infracción legal en el curso de la ejecución (562.1.3.° LEC)
Remisión a los artículos E) 225 y siguientes de la LEC en el caso de que la infracción legal que se impugne entrañe nulidad de actuaciones (562.2 LEC)
Recurso de reposición y F) subsiguiente recurso de apelación, en caso de desestimación del primero, contra la resolución dictada por el tribunal competente que provea en contradicción con el título ejecutivo judicial (563.1 LEC)
Recurso de reposición y, G) subsiguientes recursos de revisión y de apelación, en caso de desestimación del anterior, contra la resolución dictada por el letrado de la Administración de Justicia que provea en contradicción con el título ejecutivo judicial (563.1 LEC)

 

Capítulo III. CARACTERES DEL RÉGIMEN DE LOS RECURSOS EN EL PROCESO DE EJECUCIÓN

I. Consideración general de los caracteres de los recursos
Acto procesal de parte y 1. de algunos terceros
El recurso ha de estar 2. previsto legalmente
El objeto de los recursos 3. son resoluciones procesales no firmes
El gravamen e interés son 4. presupuestos necesarios para la interposición de cualquier recurso
El error de que adolece la 5. resolución recurrida constituye el fundamento común de cualquier recurso
La petición del recurrente 6. se formula –salvo en el recurso de queja– ante el mismo órgano que dictó la resolución que se recurre

II. Caracteres propios del régimen de los recursos en el proceso de ejecución
Un breve esbozo de los 1. caracteres que configuran el programa del proceso de ejecución
Una comparación útil: el 2. sistema de medios de impugnación en el proceso declarativo difiere del sistema de medios de impugnación en el proceso de ejecución
Algunos caracteres del A) régimen de los recursos en el proceso declarativo
El régimen de los recursos B) en el proceso de ejecución
Caracteres específicos del 3. régimen de los recursos en el proceso de ejecución
Los sujetos A)
La finalidad de los B) recursos
La razón de los recursos: C) el gravamen
La causa de pedir de la D) pretensión impugnativa
El catálogo legal de los 4. medios de impugnación en el proceso de ejecución
Peculiaridades en el A) régimen de recursos contra los decretos que resuelven el recurso de reposición
Irrecurribilidad en B) algunos supuestos
La interposición del C) recurso no tiene efecto suspensivo
Algunos rasgos peculiares D) de los concretos medios de impugnación en el proceso de ejecución
El recurso de reposición a)
El recurso de revisión b)
El recurso de apelación c)
El recurso de queja d)
Escrito dirigido al e) tribunal si no existe resolución expresa

 

Capítulo IV. EL OBJETO DE LA IMPUGNACIÓN

I. El objeto formal de los recursos en el proceso de ejecución
Resoluciones del letrado 1. de la Administración de Justicia
Las diligencias de A) ordenación
Las diligencias de B) constancia, comunicación o ejecución
Los decretos C)
Resoluciones del juez 2. ejecutor
Las providencias A)
Los autos B)
Las sentencias C)

II. El objeto material de los recursos en el proceso de ejecución
Vulneración de norma 1. procesal
La pretensión impugnativa A) consiste en que se revise y se modifique la valoración, interpretación o apreciación de los hechos
La pretensión impugnativa B) consiste en que se aplique o se interprete correctamente la norma procesal que se considera vulnerada
Vulneración de norma 2. sustantiva
Cuestiones de régimen A) patrimonial del matrimonio
Responsabilidad de la a) sociedad de gananciales
Pensión compensatoria b)
Normas de Derecho de B) obligaciones
Cláusulas abusivas a)
Determinación del montante b) de la deuda. Pago o cumplimiento de la obligación
Solidaridad c)
Administración de los d) bienes embargados
Privilegio y orden de los e) créditos
Normas de Derecho C) registral
Normas de Derecho notarial D)
Normas de Derecho laboral E)
Normas de derechos reales F)
Normas de Derecho G) sucesorio
Normas de Derecho de la H) personalidad
Legitimación, capacidad a) para ser parte y capacidad procesal
Representación b)
El derecho material I) tutelado por el título judicial, arbitral o contractual
Valoración de hechos y 3. circunstancias que inciden en el proceso de ejecución

 

Capítulo V. LA CUESTIÓN DEL GRAVAMEN EN EL PROCESO DE EJECUCIÓN

I. Concepto y tipos
Gravamen y vencimiento: 1. concepción clásica del gravamen
La flexibilización de la 2. concepción clásica del gravamen
La causa del gravamen 3.
El error al resolver A)
Otros perjuicios que B) causan gravamen
El efecto de la cosa a) juzgada
La eventual demanda futura b)
Perjuicios en ámbitos c) ajenos al proceso

II. Impugnación sin gravamen
Recursos sin gravamen 1.

III. Determinación del fenómeno del gravamen en el proceso de ejecución
Resoluciones procesales 1. del juez ejecutor
Supuestos en los que no A) hay gravamen porque no se pide nada
Recursos contra autos en a) el proceso de ejecución
Recursos contra b) providencias en el proceso de ejecución
Supuestos en los que hay B) gravamen
Resoluciones procesales a) del juez en el proceso de ejecución que no conceden lo pretendido por la parte
Resoluciones procesales b) del juez en el proceso de ejecución que conceden algo distinto de lo pretendido por la parte
Resoluciones procesales 2. del letrado de la Administración de Justicia
Resoluciones procesales A) del letrado de la Administración de Justicia que no causan gravamen porque no se pide nada
Diligencias de ordenación a)
Decretos b)
Resoluciones procesales B) del letrado de la Administración de Justicia que causan gravamen al no conceder lo solicitado por la parte o conceder algo distinto
IV. Gravamen sin impugnación
Resoluciones que provocan 1. gravamen, pero frente a las cuales no existe recurso de apelación
Resoluciones que provocan 2. gravamen, pero frente a la cuales el legislador expresamente señala que no cabe recurso alguno

 

Capítulo VI. PROVISIÓN DEL DERECHO A RECURRIR EN LAS ACTUACIONES EJECUTIVAS

I. Las partes que señala el título en relación con el despacho de ejecución
Acreedor ejecutante y 1. deudor ejecutado
Sujetos que, sin figurar 2. en el título como deudor, responden personalmente de la deuda
Propietarios de bienes 3. especialmente afectos
Ejecutados por error 4.

II. Sujetos legitimados para recurrir en el proceso de ejecución
El sucesor procesal en el 1. proceso de ejecución
Sucesión procesal antes A) del despacho de la ejecución
Sucesión procesal después B) del despacho de la ejecución
Recursos en los supuestos C) de sucesión en el proceso de ejecución
El cónyuge no deudor en la 2. ejecución sobre bienes gananciales
El deudor solidario 3.
Socios, miembros, 4. integrantes o gestores de asociaciones, entidades temporales o entidades sin personalidad jurídica
Agrupaciones o A) Asociaciones de Interés Económico y Uniones Temporales de Empresas
Entidades sin personalidad B)

III. Terceros en el proceso de ejecución
Sujetos frente a los que 1. no se ha despachado la ejecución, pero a cuyos bienes ha dispuesto el tribunal que esta se extienda por entender que están afectos al cumplimiento de la obligación incorporada al título ejecutivo (538.3 LEC)
Terceros propietarios de 2. bienes indebidamente trabados (593 LEC) en un proceso de ejecución que les es ajeno. La tercería de dominio
Evitar el embargo de A) bienes que le pertenecen
Alzar el embargo ya B) trabado sobre bienes que le pertenecen y que no tienen que estar afectos a la ejecución (595 LEC)
Suspender la ejecución C) respecto del bien a que se refiere la demanda de tercería mientras está pendiente de resolver la tercería (598.1 LEC)
Terceros poseedores 3.
Conocer el procedimiento A) de ejecución e intervenir en él para defender sus intereses (662.1 LEC)
Liberar el bien del B) embargo y la ejecución evitando la subasta (662.3 LEC)
Legitimación pasiva C) necesaria en la ejecución sobre bienes hipotecados o pignorados para poder defender –con las mismas facultades que el ejecutado– su derecho sobre el bien afecto a la ejecución (685.1 LEC)
Legitimados activamente D) para formular reclamaciones que no estén comprendidas en los artículos reguladores de la ejecución hipotecaria (698 LEC)
Terceros acreedores del 4. ejecutado
Acreedores preferentes A)
Acreedores posteriores B)
Ocupantes y arrendatarios 5. del inmueble embargado o hipotecado
Otros terceros en el 6. proceso de ejecución
Postores, rematante y A) tercero adjudicatario del bien en el proceso de ejecución
Terceros que facilitan el B) proceso de ejecución
Terceros que dificultan el C) proceso de ejecución
Terceros que pagan o D) cumplen la prestación que ordena la sentencia en lugar del ejecutado
Tercero que paga para a) liberar el bien con consentimiento del ejecutante
Tercero que ejecuta la b) sentencia de condena a costa del ejecutado
Tercero que cumple la c) prestación de la sentencia que condena a la publicación o difusión de su contenido

 

Capítulo VII. PROCEDIBILIDAD Y ADMISIBILIDAD DE LOS RECURSOS EN EL PROCESO DE EJECUCIÓN

I. Procedibilidad de los recursos
El derecho al recurso. 1. Breve resumen de la doctrina constitucional
El legislador establece la 2. clase de recursos y el momento en que se pueden utilizar
La ley determina la A) procedencia de los recursos mediante reglas que los establecen de forma general
La ley señala B) particularmente la procedencia del recurso en casos concretos
Recurso de reposición a)
Recurso de revisión b)
Recurso de apelación c)
Nulidad de actuaciones d)
Escrito provocador de una e) resolución
Impugnación mediante comparecencia f)
La ley señala cuál es la 3. resolución procedente pero no indica el recurso
Resoluciones frente a las A) que el legislador no indica recurso en el proceso de ejecución
Procedencia de los B) recursos ordinarios en los supuestos en los que el legislador, fijando el tipo de resolución no ha señalado, sin embargo, recurso alguno
Procedencia del recurso de a) apelación
Auto que resuelve la a) oposición por motivos procesales (559.2 LEC)
Auto de inadmisión de la b) demanda de tercería de dominio por no haber acompañado el principio de prueba que la ley exige o haber interpuesto la demanda extemporáneamente (596.2 LEC)
Auto que resuelve la c) tercería de dominio (603 LEC)
Sentencia que se dicta en d) la tercería de mejor derecho (620 LEC)
Auto que resuelve sobre el e) lanzamiento de los ocupantes de un inmueble (661.2 y 675.4 LEC)
Auto que, de forma f) excepcional durante el estado de alarma, acuerda o deniega la suspensión del lanzamiento por considerarse acreditada la vulnerabilidad económica del arrendatario –o del ocupante ilegal– o del arrendador respectivamente (arts. 1 y 1 bis) del RD-Ley 11/2020, de 31 de marzo)
Auto por el que se g) autoriza y despacha la ejecución en los procesos de ejecución sobre bienes hipotecados y pignorados (686.1 LEC)
Auto por el que se h) resuelve el incidente del artículo 679 LEC en la administración para pago
Algunas conclusiones que i) podemos extraer de estos supuestos
Procedencia de los recursos b) de reposición o de revisión en supuestos en los que no están previstos expresamente
Decreto por el que se a) acuerda la administración para pago de principal, intereses y costas de la ejecución cuando la naturaleza de los bienes embargados así lo aconseje (676.2 LEC)
Decreto por el que se fija b) la retribución del tercero al que se encomienda la administración para pago de los bienes embargados (676.1.II LEC)
Decreto por el que se c) imponen multas coercitivas al ejecutado que impida o dificulte el ejercicio de las facultades del administrador (676.3 LEC)
Decreto por el que se d) acuerda el depósito de bienes pignorados o vehículos hipotecados ordenando ponerlos en poder del acreedor o de persona que este designe a tal efecto (687 LEC)
Decreto que pone fin a la e) ejecución si de la certificación de dominio y cargas del 656 LEC resulta que la hipoteca en la que el ejecutante funda su reclamación no existe o ha sido cancelada (688.3 LEC)
Decreto por el que se f) decide a quién se confiere la administración de la finca o bien hipotecados entre los acreedores de la misma prelación que la han solicitado (690 LEC)
Decreto por el que se g) acuerda la liberación del bien y la terminación del procedimiento (693.3. IV LEC)
Decreto por el que, en un h) juicio de desahucio de finca urbana, se declara ejecutada la sentencia y cancelado el lanzamiento por haberse entregado la posesión efectiva de la finca al demandante, con anterioridad a la fecha fijada para llevar a efecto tal lanzamiento (703.4 LEC)
Decreto por el que se i) aprueba la liquidación de frutos, rentas, utilidades o productos de cualquier clase presentada por el deudor, previa conformidad del acreedor (719.1 LEC)
Decreto por el que se j) aprueba la relación de daños y perjuicios y la liquidación de frutos, rentas, utilidades o productos de cualquier clase en los casos en que el acreedor es quien presenta tal relación con la aquiescencia o conformidad del deudor (719.2 y 714.1 LEC)
El artículo 720 LEC k) establece también el decreto para aprobar la rendición de cuentas de una administración –por remisión a los artículos 718 y 719 LEC– pero prevé, además, que por medio de decreto puedan ampliarse los plazos atendiendo a la importancia y complejidad del asunto
Diligencia de ordenación l) que contiene el mandamiento dirigido por el letrado de la Administración de Justicia al Registrador de la propiedad para que expida certificación de dominio y cargas de los bienes inmuebles embargados, al mismo tiempo que se requiere al ejecutado para que presente los títulos de propiedad de que disponga si el bien está inscrito (663.1 LEC)
Resolución –cuyo tipo el m) precepto no especifica– por la que el letrado de la Administración de Justicia acuerda los apremios que estime conducentes para obligar al ejecutado a que presente los títulos de propiedad, obteniéndolos de registros o archivos e incluso facultando al procurador del ejecutante si los archivos y registros fueran públicos (art. 664.1 LEC)
Fijación del valor de n) salida en subasta de los bienes inmuebles por parte del letrado de la Administración de Justicia, conforme al 637 LEC y descontando del valor de tasación del inmueble el importe total garantizado que resulte de la certificación de cargas (666.1 LEC)
Resolución por la que el o) letrado de la Administración de Justicia deja en suspenso la ejecución sobre un bien si el valor de las cargas o gravámenes iguala o excede del valor del bien (666.2 LEC)
Procedencia del recurso de C) reposición contra las resoluciones del tribunal cuando no cabe recurso de apelación
Algunas conclusiones que D) podemos extraer de estos supuestos
Inimpugnabilidad absoluta 4. y relativa de las resoluciones: una opción legislativa
Inimpugnabilidad absoluta A)
Supuestos a)
Contra la providencia que a) inadmite el recurso de reposición –formulado contra providencias y autos no definitivos– por no concurrir los requisitos legalmente exigidos, no cabrá recurso alguno (452.2 LEC)
Contra el auto que b) autoriza y despacha la ejecución no cabrá recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formular el ejecutado (551.4 LEC)
Contra el auto que c) despache la ejecución provisional no se dará recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formular el ejecutado (527.4 LEC)
Contra el auto que decida d) sobre la oposición a la ejecución provisional o medidas ejecutivas concretas no cabrá recurso alguno (530.4 LEC)
Providencia por la que el e) tribunal decide sobre la mejora, reducción y modificación del embargo (612.1. II LEC)
El auto que resuelve, tras f) la correspondiente vista, la disconformidad existente entre ejecutado y acreedores respecto a la subsistencia y cuantía actual de los créditos anteriores que sean preferentes al que sirvió para el despacho de la ejecución (657.2 LEC) es irrecurrible
Auto por el que el g) tribunal declara, a instancia del ejecutante, que el ocupante u ocupantes del inmueble no tienen derecho a permanecer en el inmueble una vez que este se haya enajenado en la ejecución (661.2 I LEC)
El 661.2 LEC incluye, h) además, un segundo inciso en el que se contempla el supuesto de hecho contrario en el que el tribunal declara que el ocupante u ocupantes sí que tienen derecho a permanecer en el inmueble. La resolución decisora, en este caso, adoptará también la forma de auto “sin ulterior recurso”
Auto por el que el i) tribunal resuelve sobre el lanzamiento solicitado por el adquirente (675.3 LEC)
Algunas conclusiones sobre b) la inimpugnabilidad absoluta
Inimpugnabilidad por B) naturaleza
Inimpugnabilidad relativa C)
Supuestos a)
Contra el auto que a) resuelve el recurso de reposición no cabrá recurso alguno, sin perjuicio de poder reproducir la cuestión, objeto de la reposición, al recurrir, si fuera procedente, la resolución definitiva (454 LEC)
Contra el decreto b) resolutivo de la reposición no se dará recurso alguno sin perjuicio de reproducir la cuestión, necesariamente en la primera audiencia ante el tribunal tras la toma de la decisión y, si no fuera posible por el estado de los autos se podrá solicitar mediante escrito antes de que se dicte la resolución definitiva para que se solvente en ella (454 bis.1 I LEC)
La resolución procesal que c) decida sobre la aclaración o corrección solicitada a instancia de parte es irrecurrible (214.4 LEC) como también lo son los autos o decretos en los que se complete –o se deniegue completar– las resoluciones dictadas (215.5 LEC)
Algunas conclusiones sobre b) la inimpugnabilidad relativa
Algunas conclusiones c) comunes a la decisión legislativa sobre la irrecurribilidad

II. Admisibilidad de los recursos
Las causas de improcedencia 1. de los recursos en trámite de admisión se convierten en causas de inadmisión del recurso
La falta de gravamen puede 2. ser causa de inadmisión del recurso
Otras causas de inadmisión 3.
La falta de competencia A) funcional
Plazo para interponer el B) recurso
Contenido del escrito de C) interposición de los recursos en el proceso de ejecución
Recurso de reposición a)
Recurso de revisión b)
Recurso de apelación c)
Impugnación de la d) resolución por el apelado
La forma escrita: D) requisito específico del escrito de interposición del recurso
Capacidad para ser parte, E) capacidad procesal y postulación
Capacidad para ser parte a)
Capacidad procesal b)
Capacidad de postulación c)
Depósito y tasa judicial F)
El depósito judicial a)
La tasa judicial b)
Control de los requisitos 4. de admisibilidad de los recursos en el proceso de ejecución
Recurso de reposición A)
Recurso de revisión B)
Recurso de apelación C)
Impugnación de la D) resolución por el apelado
Una mención especial al 5. control de la falta de competencia funcional como causa de inadmisión del recurso
Una mención especial al 6. control de los presupuestos de capacidad para ser parte, capacidad procesal y postulación
Mantenimiento del recurso 7.
Condiciones especiales de 8. admisibilidad y mantenimiento del recurso de apelación
Eficacia derivada de la 9. procedencia y admisibilidad del recurso

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